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A lo largo de los años hemos tenido diferentes reformas en el método de aplicar los aranceles para Programas Internos de Protección Civil, la penúltima actualización nos daba una propuesta de un modelo de arancel basado en el impredecible crecimiento de la inflación.

El 1 de septiembre de 2022 tuvimos una última actualización por medio de la Gaceta Oficial de la CDMX, en la cual se derogó el implemento de inflación sobre honorario dejando asi los aranceles de la siguiente forma:

Para calcular los honorarios se deben multiplicar los metros cuadrados de construcción por el costo de metro cuadrado que corresponde al rango señalado, para después multiplicar el resultado por el factor de riesgo por actividad del establecimiento o inmueble, conforme la siguiente tabla:

ARANCELES

Para los establecimientos o inmuebles de 1 a 199 metros cuadrados o de más de 11,000 metros cuadrados de construcción, considerarán como máximo para determinar el monto, las siguientes cuotas fijas:

Para determinar el Factor de Riesgo por Actividad del establecimiento se considerará el tipo de actividad comercial, como lo plantea la siguiente tabla:

Los aranceles a que se refieren las Tablas A y B, serán máximos e incluyen:

  • La elaboración del Programa Interno;
  • La supervisión de simulacros;
  • La captura en la Plataforma Digital;
  • La entrega de la constancia de registro.

La constancia de registro se entregará una vez que esta sea liberada vía la Plataforma Digital por la autoridad correspondiente.

No se considera para el cálculo de los metros cuadrados a que se refiere las Tablas A y B, lo siguiente:

  • Estacionamientos en planta baja;
  • Áreas verdes;
  • Campos y canchas deportivas al aire libre; y
  • Zonas de amortiguamiento en las industrias que cuenten con ellas.

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